El pasado 22 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Acuerdo por el que se crea, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, (en adelante el “Acuerdo”). El objetivo de la creación del Comité Nacional de Facilitación del Comercio (el “Comité”) es facilitar la coordinación entre las dependencias, entidades de la Administración Pública Federal y órganos constitucionales autónomos que en el ámbito de sus distintas competencias participan en la regulación de programas vinculados al comercio exterior.
Lo anterior responde tanto al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, así como al Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (en adelante “Protocolo”), el cual señala en el párrafo segundo del artículo vigésimo tercero, las disposiciones institucionales, que cada miembro establecerá y/o mantendrá un Comité Nacional de Facilitación del Comercio. Teniendo la facilitación del comercio, como finalidad, eliminar aquellos procedimientos, trámites y requisitos que resultan ineficientes, traducido en la reducción de costos comerciales y simplificación de trámites administrativos.
El Acuerdo busca materializar lo previsto en el Protocolo, en orden de agilizar la aplicación de las disposiciones sobre facilitación del comercio, con base en la normatividad nacional e internacional aplicable.
El Comité estará integrado por los representantes de las siguientes dependencias: Secretaría de Economía, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Energía, Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Secretaría de Comunicaciones y Transportes y Secretaría de Salud. Todos los anteriores, con derecho a voz y voto en las sesiones en las que esten presentes.
Asimismo, se prevé tener como invitados de carácter permanente a los representantes del Banco de México, del Servicio de Administración Tributaria, de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria y de la Comisión Federal de Competencia Económica. Del mismo modo, destaca que cuando sea estimado necesario, el Comité podrá incluir como invitados a las sesiones a los representantes del sector privado, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y a expertos en la materia. Todos los anteriores, con derecho a voz en las sesiones en las que esten presentes.
Entre las funciones importantes del Comité, podemos destacar, entre otras, las siguientes:
Fungir como instancia de coordinación de las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal que tengan competencia e intervengan en la implementación y aplicación del Acuerdo sobre facilitación del comercio.
Coadyuvar con la Secretaría de Economía y la Secretaría de Relaciones Exteriores en el diseño de políticas, programas y acciones orientados a la simplificación y automatización de los procesos en materia de comercio exterior.
Proponer cuestiones relacionadas con asuntos relativos a la implementación y aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.
Analizar y, en su caso, emitir recomendaciones para mejorar la eficiencia de los procesos y trámites para el comercio exterior con el objeto de reducir sus costos y eliminar barreras al comercio.
La creación del Comité impulsará el fortalecimiento de políticas en materia de comercio exterior, beneficiando a nuestro país.