El 30 de junio de 2025, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica (la “LFCE”), misma que ya había sido aprobado por la Cámara de Senadores el 28 de junio y remitida a la Cámara de Diputados para su estudio (la “Reforma”). Aunque la Reforma aún debe ser promulgada por el Ejecutivo para su entrada en vigor, se anticipan los siguientes cambios a la actual Ley Federal de Competencia Económica.
Los principales cambios estructurales que contempla la Reforma son la extinción de la Comisión Federal de Competencia Económica (la “COFECE”) como órgano autónomo, y la creación de la Comisión Nacional Antimonopolio (la “CNA”), como nueva autoridad en materia de competencia económica, un órgano público descentralizado adscrito a la Secretaría de Economía. La CNA estará conformada por 5 Comisionados, incluyendo a la/el Comisionada(o) Presidente, quienes serán designados directamente por el titular del Ejecutivo y ratificados por mayoría del Senado.
Asimismo, la Reforma establece que la CNA ahora tendrá facultades para ejercer su competencia en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión, facultades que hasta la fecha pertenecen al Instituto Federal de Telecomunicaciones (el “IFT”).
A continuación, se enlistan los principales cambios a la LFCE:
- Disminución de umbrales para notificar concentraciones: Se reducen de forma considerable los montos que activan la obligación de notificar operaciones de concentración. Esto implicará un aumento en el número de transacciones sujetas a revisión y autorización por parte de la CNA.
- Reducción de plazos procedimentales: Se acortan los plazos para que la autoridad resuelva procedimientos clave. Por ejemplo, el plazo para resolver una concentración pasa de 60 a 30 días hábiles, y en casos excepcionalmente complejos, de 40 a 20 días hábiles.
- Aumento de sanciones: Se elevan de manera importante las multas aplicables a los agentes económicos que incurran en prácticas anticompetitivas, buscando un efecto disuasivo más contundente.
- Reconocimiento de acciones colectivas: Se incorpora la posibilidad de que las personas afectadas por prácticas monopólicas puedan presentar demandas para reclamar daños, siempre que la CNA haya sancionado previamente a los agentes económicos responsables.
- Ajustes al programa de inmunidad y reducción de sanciones: Se establecen restricciones más estrictas al número de agentes que pueden beneficiarse de una reducción en las multas, así como a los porcentajes máximos aplicables. La cooperación con la autoridad sigue siendo clave, pero con límites más definidos.
- Reconocimiento del privilegio abogado-cliente: Se introduce expresamente el respeto a la confidencialidad de la información proporcionada por abogados externos (sin relación laboral con el agente económico), durante procedimientos ante la CNA.
- Certificación de programas de cumplimiento: La CNA podrá emitir certificaciones de programas de cumplimiento en materia de competencia económica, los cuales podrán ser considerados como atenuantes al momento de imponer sanciones.
Por otro lado, los transitorios de la Reforma señalan que esta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo cual se anticipa que suceda en próximos días. En tanto se integre el Pleno de la CNA, la COFECE continuará en funciones. Los procedimientos iniciados por la COFECE y el IFT en materia de competencia económica continuarán su trámite conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio, ante las unidades administrativas que establezcan los Estatutos Orgánicos de la CNA.
Finalmente, a partir de la entrada en vigor de la Reforma, se suspenden los plazos de todos los procedimientos de investigación sustanciados por la autoridad investigadora de la COFECE y el IFT, los cuales se reanudarán al día siguiente en que se integre el Pleno de la CNA.
Aunque es inminente la publicación y entrada en vigor de la Reforma, será fundamental esperar los cambios en la legislación secundaria y que, con el tiempo, la desaparición de la COFECE como órgano autónomo no se convierta en un obstáculo y decremento a la competencia económica y libre concurrencia.
En Acedo Santamarina, S.C., quedamos a su disposición para brindarle asesoría sobre el alcance e implicaciones de la Reforma.