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Es oficial: Nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

El 16 de julio de 2025, tras meses de especulación y debate, finalmente se publica en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (la “Nueva Ley”), la cual abroga la actual Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (“LFTR”).

La Nueva Ley se origina como parte de la Reforma en Materia de Simplificación Orgánica, publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2024 (la “Reforma”), la cual extingue diversos órganos autónomos constitucionales como el Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”), y en sus transitorios establece la creación de un nuevo marco regulatorio en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión.

Los principales cambios estructurales que contempla la Nueva Ley incluyen la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (“CRT”), un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, como nueva autoridad reguladora en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión. La CRT estará conformada por cinco Comisionados, incluyendo a la/el Comisionada(o) Presidente, quienes serán designados directamente por el titular del Ejecutivo y ratificados por mayoría del Senado.

De acuerdo con los artículos transitorios, la Nueva Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF. No obstante, en tanto se integre el Pleno de la CRT, el IFT continuará en funciones; y al día siguiente en que se integre dicho Pleno se abrogará oficialmente la LFTR y se extinguirá formalmente el IFT.

La CRT ya no tendrá facultades exclusivas en materia de competencia económica en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión – facultades que hasta la fecha pertenecen al IFT –, siendo esto ahora competencia de la Comisión Nacional Antimonopolio (“CNA”), el órgano que sustituirá a la Comisión Federal de Competencia Económica. Los procedimientos iniciados por el IFT en materia de competencia económica continuarán su trámite ante la CNA.

Finalmente, a partir de la integración del Pleno de la CRT, se suspenderán por un plazo de quince días todos los trámites y procedimientos en curso, excepto por el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los agentes económicos del sector de telecomunicaciones y radiodifusión que cuenten con algún tipo de título habilitante para prestar dichos servicios.

Si bien el análisis completo de la Nueva Ley sigue en curso, será fundamental esperar los cambios en la legislación secundaria y que, con el tiempo, la desaparición del IFT como órgano autónomo no sobrerregule el sector de telecomunicaciones y radiodifusión.

En Acedo Santamarina, S.C., quedamos a su disposición para brindarle asesoría sobre el alcance e implicaciones de la Nueva Ley.

Acedo Santamarina

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