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Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece las Condiciones Técnicas Mínimas de Interconexión y determina las tarifas por los servicios de interconexión para el 2025

El pasado 22 de octubre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (el “IFT”) i) establece las Condiciones Técnicas Mínimas para la interconexión entre concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones; y ii) determina las tarifas por los servicios de interconexión resultado de la metodología para el cálculo de costos de interconexión, mismas que estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 (el “Acuerdo”).

 

En virtud del Acuerdo, el IFT determinó que las tarifas que serán aplicables a los concesionarios de red pública de telecomunicaciones autorizados para prestar el servicio local fijo o móvil y que sean distintos al Agente Económico Preponderante, mismas que han resultado de la metodología para el cálculo de los costos de interconexión, que utilizará para resolver los desacuerdos de interconexión que se presenten y que serán aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, serán las siguientes:

 

  1. Por servicios de terminación del Servicio Local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” será de $0.042221 pesos M.N. por minuto de interconexión.

 

  1. Por servicios de terminación de mensajes cortos (“SMS”) en usuarios móviles será de $0.009272 pesos M.N. por mensaje.

 

  1. Por servicios de terminación del Servicio Local en usuarios fijos será de $0.003343 pesos M.N. por minuto de interconexión.

 

  1. Por servicios de terminación de SMS en usuarios fijos será de $0.012760 pesos M.N. por mensaje.

 

Las tarifas mencionadas anteriormente ya incluyen el costo correspondiente a los puertos necesarios para la interconexión.

 

Por otro lado, las tarifas que cobrará el Agente Económico Preponderante que han resultado de la metodología para el cálculo de los costos de interconexión aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, serán las siguientes:

 

  1. Por servicios de terminación del Servicio Local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” será de $0.012255 pesos M.N. por minuto de interconexión.

 

  1. Por servicios de terminación del Servicio Local en usuarios fijos será de $0.002858 pesos por minuto de interconexión.

 

  1. Por servicios de terminación de SMS en usuarios móviles será de $0.004083 pesos M.N. por mensaje

 

  1. Por servicios de tránsito en red móvil será de $0.002046 pesos M.N. por minuto de interconexión.

 

  1. Por servicios de tránsito en red fija será de $0.002092 pesos M.N. por minuto de interconexión.

 

Las tarifas anteriores ya incluyen el costo correspondiente a los puertos necesarios para la interconexión.

 

En Acedo Santamarina, S.C. estamos siempre a su disposición para atender cualquier duda o comentario que pueda tener al respecto.

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