En las últimas semanas, se han publicado en el Diario Oficial de la Federación diversas sentencias dictadas por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (“SCJN”) en relación con Controversias Constitucionales promovidas contra la regulación local de diversos municipios del estado de Coahuila de Zaragoza, resolviendo en todos los casos que la autoridad municipal no puede percibir una contraprestación por el ejercicio de un derecho otorgado a la ciudadanía en una materia cuya regulación y supervisión corresponde de manera exclusiva al Congreso de la Unión y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”).
Aunque diversos gobiernos municipales sostuvieron que dicho cobro se limitaba a los derechos por autorización de uso de suelo y derechos de vía – argumentando que las empresas del sector telecomunicaciones utilizan espacios públicos para llevar a cabo actividades lucrativas dentro del territorio municipal –, la SCJN concluyó que esta acción es inconstitucional. Lo anterior, en virtud de que corresponde al IFT, establecer las políticas y regular el sector de telecomunicaciones y radiodifusión, siendo este el único órgano facultado para ello. Por tanto, el cobro de derechos por parte de los municipios respecto de actividades cuya explotación y regulación corresponde exclusivamente a la Federación implica una invasión a la competencia del Congreso de la Unión y del IFT.
Las resoluciones de la SCJN se dan en un contexto de alta incertidumbre para el sector de telecomunicaciones y radiodifusión, considerando la aprobada Reforma Judicial y la extinción del IFT como órgano autónomo derivado de la Reforma en Materia de Simplificación Orgánica, así como la eventual promulgación de un nuevo marco jurídico en la materia. En este escenario, las decisiones de la SCJN representan un precedente relevante para la protección de las empresas del sector frente a esquemas de sobrerregulación mediante cobros indebidos por parte de autoridades locales.
Estas resoluciones brindan certeza jurídica a las empresas del sector, al delimitar con claridad las instancias competentes y los tributos aplicables al despliegue e inversión en infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión. Asimismo, enfatizan la ilegalidad de que una materia del orden federal sea regulada por autoridades locales, lo cual podría dar lugar a diferencias significativas en obligaciones de cumplimiento y cargas administrativas.
En Acedo Santamarina, S.C., estamos a su disposición para brindarle asesoría y resolver cualquier inquietud relacionada con las resoluciones de la SCJN y el cumplimiento marco normativo aplicable al sector de telecomunicaciones y radiodifusión.