El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”) resolvió… las condiciones técnicas para la interconexión entre concesionarios, y determinó las tarifas de interconexión que utilizará ante los desacuerdos que al respecto se presenten.
El Pleno del IFT resolvió por unanimidad que los concesionarios deberán pagar al Agente Económico Preponderante (“AEP”) las siguientes tarifas:
- Por terminación en la red móvil del AEP por el Servicio Local en usuarios bajo la modalidad “el que llama paga”: $0.028562 pesos por minuto de interconexión.
- Por servicios de terminación de mensajes cortos (SMS) en usuarios móviles: $0.007269 pesos por mensaje.
- Por servicios de originación del Servicio Local en usuarios fijos: $0.003092 pesos por minuto de interconexión.
- Por servicios de tránsito: $0.003809 pesos por minuto.
Las tarifas de interconexión que se pagarán a concesionarios distintos al AEP serán las siguientes:
- Por terminación en la red móvil por el Servicio Local en usuarios bajo la modalidad “el que llama paga”: $0.112799 pesos por minuto de interconexión.
- Por servicios de terminación de mensajes cortos (SMS) en usuarios móviles: $0.017355 pesos por mensaje.
- Por servicios de terminación del Servicio Local en usuarios fijos: $0.002836 pesos por minuto de interconexión.
- Por servicios de terminación de mensajes cortos (SMS) en usuarios fijos será de $0.016082 pesos por mensaje.
La resolución del Pleno del IFT será publicada en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) en los próximos días, y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.
Con la anterior resolución, el IFT ejerció su autoridad para regular de manera asimétrica a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones con el fin de eliminar las barrares a la libre concurrencia, y da cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso de la “Tarifa Cero” ya analizada.