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Modificaciones al Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones: ¿Nuevas preocupaciones para el sector?

El 3 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial (“DOF”) de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (la “Reforma”). La Reforma entró en vigor el 4 de septiembre de 2025 y, aunque a primera vista pudiera parecer que introduce cambios significativos, en realidad se trata de un ajuste esperado y necesario. A continuación, explicamos por qué.

El pasado 16 de julio de 2025 se publicó en el DOF un paquete legislativo en materia de seguridad pública, competencia económica, telecomunicaciones, digitalización, entre otras. Dentro de este paquete destacan dos decretos clave: i) el Decreto por el que se expide la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; y ii) el Decreto por el que se expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y que abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Conviene recordar que el Reglamento Interior de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (la “Agencia”) fue publicado meses antes, el 24 de enero de 2025. Por ello, tras la entrada en vigor de las nuevas leyes, resultaba necesario modificar el Reglamento Interno de la Agencia para reflejar las disposiciones previstas en estas.

La Agencia es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal creada como consecuencia de la Reforma en Materia de Simplificación Orgánica publicada el 20 de diciembre de 2024, mediante la cual se extinguieron diversos órganos autónomos constitucionales, incluido el Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”).

En un inicio, el Reglamento Interno contemplaba que la Agencia asumiría directamente las funciones regulatorias del IFT. No obstante, la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión estableció la creación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (la “Comisión”), como un órgano administrativo desconcentrado de la Agencia. Bajo este nuevo diseño institucional, las funciones que antes concentraba el IFT se dividen entre dos órganos distintos: i) la Agencia, responsable del diseño e implementación de la política pública; y ii) la Comisión, encargada de la regulación técnica, supervisión operativa e imposición de sanciones.

En paralelo, la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos le encarga a la Agencia diseñar un sistema para homologar y simplificar los trámites y servicios del gobierno, principalmente a través de su digitalización y la interoperabilidad entre bases de datos de distintas autoridades. No obstante, será indispensable esperar a la legislación secundaria que defina las directrices bajo las cuales la Agencia deberá llevar a cabo este proceso, el cual deberá incorporar un enfoque progresivo que, además de agilizar los procedimientos administrativos, garantice el respeto a los derechos digitales y la protección de los datos personales de la ciudadanía.

Por otro lado, aunque aún no existe claridad sobre el período de transición entre las autoridades en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, también será necesario esperar a que la legislación secundaria defina las reglas que guiarán la actuación de la Comisión en la práctica.

En conclusión, la Reforma al Reglamento Interno de la Agencia no representa un cambio de fondo: su única finalidad es armonizar el Reglamento con lo dispuesto en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión y en la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, ambas publicadas el 16 de julio de 2025

En Acedo Santamarina, S.C., quedamos a su disposición para brindar asesoría sobre el alcance e implicaciones de este nuevo marco regulatorio.

Acedo Santamarina

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