Bajo el principio del Competence-competence, el tribunal arbitral al que se somete una controversia que fue sujeta a un acuerdo de arbitraje, está facultado para decidir sobre su propia competencia, por lo que previo a emitir un laudo de fondo, debe estudiar la existencia y validez del acuerdo de arbitraje.
Bajo esa perspectiva, la exhibición del acuerdo de arbitraje exigida por el artículo 1461 del Código de Comercio como requisito ineludible para la ejecución de un laudo de arbitraje, pudiera resultar en uncuestionamiento indirecto al principio del Competence-competence, pues la emisión de un laudo arbitral presupone la existencia de un acuerdo de arbitraje válido.